La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Valencia en el que pedía la suspensión cautelar de la Orden del Ministerio de Cultura de 2009 que paralizaba la ejecución del Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del Cabanyal-Canyamelar, por lo que mantiene la suspensión de los derribos en la zona afectada.
Según ha informado este viernes el Ministerio de Cultura en un comunicado, de acuerdo con la sentencia, de fecha 28 de junio, el Ayuntamiento de Valencia deberá hacer frente a las costas procesales.
El Ministerio de Cultura dictó una Orden el 29 de diciembre de 2009 en la que declaraba que el PEPRI suponía la expoliación del conjunto histórico del Cabanyal, declarado Bien de Interés Cultural (BIC) con categoría de conjunto histórico. Según esta Orden, debía suspenderse inmediatamente la ejecución de este plan, que contempla la prolongación de la avenida Blasco Ibáñez hasta el mar a través del Cabanyal.
El Ayuntamiento de Valencia interpuso un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional solicitando como medida cautelar la suspensión de la aplicación de la Orden Ministerial “con el fin de poder reanudar las demoliciones y derribos y seguir ejecutando el plan”, según el comunicado de Cultura. El Consistorio explicó en su día que pedía la suspensión cautelar hasta que hubiera un pronunciamiento del órgano central sobre la naturaleza jurídica de la Orden.
Tras la denegación de la suspensión cautelar de la Orden de Cultura por parte de la Audiencia Nacional, el Ayuntamiento decidió recurrir ante el TS, que fijó para el pasado 21 de junio la vista para este recurso y que ha desestimado de nuevo la paralización de la Orden, por lo que se mantiene la suspensión de los derribos.
No obstante, la Audiencia Nacional tiene pendiente todavía pronunciarse sobre la cuestión de fondo de la Orden.