Hola compañeros:
Quisiera comentaros acerca de lo que la realidad es y supone la entrada en vigor de la OEDE. Este acrónimo significa Orden Europea de Detención y Entrega, y es consecuencia de un acuerdo de los países que forman parte de la Unión Europea para unificar criterios acerca de ejercitar leyes represivas y fascistas, contradictoriamente fomentada por países que dicen ser democráticos y en cuyos principios está el respeto de los derechos humanos. Nos encontramos ante una nueva falacia que viene a reprimir el ejercicio individual y colectivo de quienes permanecemos en contra del nuevo sistema denominado globalización.
Hasta la entrada en vigor en el año 2002 la ley de extradición pasiva impedía la entrega de ciudadanos nacionales a terceros países para su enjuiciamiento y condena por esos regímenes fascistas por delitos cometidos o no cometidos, que a veces eran condenados en rebeldía (lo que es mi caso). Sabéis perfectamente de lo que hablo porque he sufrido y sigo sufriendo, si las luchas no lo consiguen, seguiré sufriendo, cuya consecuencia ultima será mi fallecimiento en el Estado Español o el Estado Francés.
Desconozco si mi situación la padece cualquier otro/a ciudadano/a del estado Español “aunque personalmente me considero parte de la humanidad y no me identifico con el lugar de nacimiento”. La mejor manera de conocer el verdadero alcance de esta nueva ley que se enmarca en un lenguaje jurídico complejo es que os comente con toda sencillez y rigor que caracteriza mi caso personal.
Fui detenido en el estado español en febrero del año 1979, recibí por aquellas fechas, concretamente en el mes de abril, la visita de miembros policiales de la INTERPOL (Francia) en tres ocasiones. Comento esto porque las leyes francesas exigen que para poder juzgar en rebeldía a un reo de delito (Art.379-2 del código de procedimiento penal francés) deberían de transcurrir un periodo de diez años de paradero desconocido. Es evidente que las visitas recibidas debieron reportar información del ministerio que informasen de mi situación de preso en el estado español, por lo que jamás estuve a dichos efectos en paradero desconocido.
Paradójicamente jamás recibí ninguna notificación acerca de la incoación de los procesos judiciales que eran graves y suponían condenas de hasta cadena perpetua, que fue lo que me aplicaron sin tener en cuenta que dicha condena no estaba tipificada en el código penal español del año 1973.
En 1982 fui condenado en rebeldía a dos cadenas perpetuas y 20 años de reclusión criminal, cuando, repito, sabían que mi condición de preso en el estado español me impedía acudir a las vistas para demostrar mi inocencia ya que dentro de todo este entramado “policial” subyace un interés desmedido por ser condenado de manera injusta y muy lejana de respetar los derechos humanos hasta el punto de que mas de 30 años después persisten en su intención de hacer cumplir unas sentencias injustas, falsas, inmerecidas.
Me sorprende que el estado español se preste a tal colaboración una vez conocida mi negativa de ser entregado a Francia, a no ser que existan otros intereses que hacen de mi persona “una moneda de cambio”. Bien por razones de colaboración en la lucha y represión contra el ejercito de liberación vasco o como socio necesario para resolver conflictos económicos que se derivan de la competencia de los sectores agrícolas y ganaderos.
En el 2002 fui procesado por la Audiencia Nacional, heredera del tribunal represivo franquista que permanece a la llamada democracia española, por extradición pasiva y juzgado por la misma en el 2004.
En aquel proceso fue el ministerio fiscal quien se opuso a mi entrega haciendo valer mi condición de ciudadano español. Francia, al conocer la oposición del estado español a colaborar y proceder a mi extradición como consecuencia de las leyes vigentes de extradición pasiva, comenzaron a solicitar la OEDE de manera reiterada, alegando incluso nuevos delitos (entre ellos el asesinato de un policía ¡MUY VIVO!) y bombardeando y presionando a cuantas instancias judiciales tuviesen jurisdicción en el asunto bien por vía EUROPOL, INTERPOL-SIRENE con sede en Madrid. En esta ocasión la sección tercera de la Audiencia Nacional ¡accedió! a mi entrega a Francia.
Una vez finalice de cumplir mis responsabilidades penales en el estado español, que ya de por sí suponen cumplir 50 años de prisión (sólo por delitos de atracos a los usureros del estado español ¡a bancos!), en un estado físico, a mis 57 años, muy desgastado por los muchos años pasados en cautiverio, calculo sumándolo todo serán unos 38 años, una salud precaria etc, etc
A mis casi 58 años de edad mi única perspectiva es fallecer cerca de los míos en una prisión del estado español pues aquí estoy cumpliendo una condena a cadena perpetua ¡encubierta! Como muchos otros compañeros que siguen vivos dentro de estas cloacas y el sistema impuesto no han podido con nosotros ni podrán.
No quiero extenderme más, pero si queréis alguna aclaración más concisa acerca de algún punto en concreto no dudéis en contactar con boletintokata@yahoo.es o para más información en www.antonionietogalindo.wordpress.com. Personalmente aprovecho para transmitir a los compañeros de Tokata mi total respeto, admiración y reconocimiento por la lucha y el interés que siempre vienen demostrando en ayudarnos de una forma altruista, mi deseo de salud y un fuerte abrazo para todos ¡sois auténticos! Siempre leales e íntegros con vuestros ideales anti-capitalistas.
A todos los que lean Tokata recibid un abrazo libertario y seguid luchando para que el enemigo conozca de nuestra “resistencia” ante la represión de sus leyes y la demostración fascista que nos presentan todos los días.
Desde el presidio de Villena ¡SALUD Y LIBERTAD!
Antoine –
Antonio Carlos Nieto Galindo
C.P. Alicante II. Carretera nacional 330, km 66. 03400 Villena (Alicante).