Publicamos los puntos principales de la última ley anti-obrera respecto a temas laborales. Esta ley fue votada el 7 de noviembre de 2012 en el Parlamento de Grecia y acompañó al tercer memorándum impuesto al pueblo griego por el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo, la Unión Europea y desde luego por las élites económicas y políticas del país.
Esta ley monstruosa comprende un gigantesco paquete de medidas que dan el golpe de gracia a los convenios colectivos, establecen unos salarios, pensiones y pagas diarias mínimos bajísimos, eliminan varios subsidios, prestaciones y las dos pagas extraordinarias anuales, comprueban la eliminación de la jornada laboral y de varias conquistas laborales, suben la edad de jubilación y abaratan y facilitan los despidos.
Se trata de una ofensiva despiadada y sin precedentes, desatada por el Estado y el Capital contra los trabajadores, los jubilados, los desempleados, los oprimidos, la sociedad en general. Son unas medidas inhumanas y penosas, cuyos fines son claros: no sólo el empobrecimiento sino la esclavización total de la sociedad. A través de la generalización de la miseria, la pobreza y la indigencia, la Soberanía pretende promover el canibalismo social y crear un nuevo tipo de ser humano: el súbdito dócil, obediente y manejable. A estas alturas la resistencia es un deber.
Los puntos principales del nuevo paquete de medidas:
1. Convenios colectivos
Desde febrero de 2012 se han eliminado todos los convenios colectivos. Los convenios empresariales e individuales se han superpuesto a ellos. En los sectores laborales en los que el convenio colectivo ha dejado de estar en vigor, los trabajadores han pasado al régimen de los convenios empresariales o individuales. En el caso de que no se haya llegado a un acuerdo entre trabajadores y patronal, esta última tiene el derecho de pagarles a los trabajadores el salario mínimo. Las reducciones salariales de muchos trabajadores han superado el 50%. Como veremos más adelante, hay casos de trabajadores y jubilados que con la aplicación de esta ley van a perder más de la mitad de sus salarios y pensiones respectivamente.
Es importante la eliminación del convenio colectivo nacional con respecto a cuestiones salariales. A partir del 7 de noviembre, los salarios y pagas diarias mínimos están determinados por esta ley y no por el convenio colectivo nacional. A partir de ahora, este va a comprometer sólo a los patrones que la firmen.
A partir del 1 de abril de 2013 el sueldo mínimo estará determinado por el Ministro de Empleo y no con negociaciones entre la Confederación de Trabajadores Griegos y los representantes de la patronal a nivel nacional.
2. Sueldos y jornadas
– El llamado salario mínimo, por una jornada de 8 horas, en realidad no existe, como tampoco existe tal jornada. Según la ley anti-obrera aprobada hace unos meses, si la patronal puede presentar indicios que demuestren que su empresa está en peligro o necesita que los trabajadores hagan jornadas extras, éstos no puede negarse a trabajar un máximo de dos horas extras al día (o sea, hasta 10 horas diarias). Por cada hora extra se cobra un suplemento del 20% y no uno del 75% como ocurría hasta el año pasado (es decir, que ya no hay ni horas ni pagas extra…).
La jornada laboral se hace totalmente flexible y variable. Así pues, será posible que un trabajador realice una jornada de menos de 8 horas diarias un cierto día de la semana y que recupere estas horas otro día de la semana. También, como se ha mencionado anteriormente, es posible que un trabajador realice una jornada 50 horas semanales cobrando unos 512 euros al mes. Ahora el patrón no tendrá que comunicar en el mismo día a la Inspección de Trabajo los cambios de la jornada, sino que se le da un plazo de dos días.
– El salario mínimo para trabajadores mayores de 25 años asciende a 586 euros brutos (menos de 476 euros netos). Es decir que los esclavos asalariados van a cobrar algo menos de 3 euros por cada hora de trabajo. Este sueldo aumentará un 10% cada tres años, pero este aumento se le aplicará al sueldo tan sólo durante las tres primeras escalas salariales, o sea durante los nueve primeros años de trabajo. Este aumento tiene un tope máximo del 30%, es decir, que no va a superar el 30% por 9 (o más) años de trabajo. En definitiva, después de cumplir nueve años de trabajo, ya no hay aumento salarial.
Todo eso de los aumentos y las escalas salariales es totalmente hipotético: desde el 14 de febrero de 2012 las escalas salariales están “congeladas” y ningún trabajador que ha pasado a una escala salarial superior ha cobrado el correspondiente aumento…
Ejemplo: un trabajador de 30 años de edad va a cobrar unos 476 euros al mes durante tres años. A los tres años y al cumplir los 33 años (siempre y cuando siga trabajando…) cobrará 528 euros netos. Este será su sueldo hasta cumplir los 36 años, o sea durante los tres años de la segunda escala salarial de su vida como esclavo asalariado. Tres años después, tendrá derecho a cobrar unos 580 euros durante los tres años que corresponden a la tercera escala salarial. Suponiendo que aún tenga trabajo, de aquí en adelante cobrará estos 580 euros al mes durante el resto de su vida.
Hasta hace un año, con la ley que estaba en vigor hasta ese momento, y suponiendo que el mismo trabajador cobrara 660 euros (el salario mínimo hasta hace un año), a los nueve años llegaría a cobrar de 800 a 900 euros, dependiendo de su puesto de trabajo y de si trabajaba en el sector público o privado. A los 20 años llegaría a cobrar unos 1.300 euros, y a los 35 años de trabajo de 1.500 a 2.000 euros.
Es decir que con la nueva ley anti-obrera este trabajador pierde casi más de la mitad de su sueldo. Ahora bien, si se emplea en el sector público, va a perder aún más, dado que los trabajadores del sector público no tendrán derecho a cobrar las dos pagas extraordinarias anuales. Esto es válido para todos los ejemplos que siguen.
– Los menores de 25 años (pero no menores de 19 años) pueden ser contratados durante dos años como aprendices por unos 510 euros brutos (426 euros netos) al mes bajo condiciones de pura esclavitud. Este sueldo se aumentará un 10% sólo por los tres primeros años de su trabajo. Al cumplir los 25 años, el esclavo asalariado pasa a la categoría de esclavitud asalariada anterior y podrá cobrar 8 euros de más, o sea los 476 euros que corresponden al sueldo base de los mayores de 25 años.
Ejemplo: una persona de 20 años puede ser contratada por un patrón por 426 euros como aprendiz. A los dos años es despedida por ley sin cobrar ni un euro de indemnización. Si logra encontrar trabajo de nuevo, éste será sólo por dos años bajo las mismas condiciones y el trabajador cobrará 426 euros por el primer año y unos 468 euros por el año siguiente. Al cumplir los 25 años pasa a la categoría de esclavitud asalariada anterior.
– La paga diaria mínima será de 26,1 euros brutos (unos 21 euros netos) para los mayores de 25 años y de 22,8 euros (unos 17 euros netos) para los menores de 25 años (y mayores de 18 años). La paga diaria aumentará un 5% cada tres años, pero el aumento tendrá un tope máximo del 30%. Es decir que el aumento no puede superar el 30% por 18 (o más) años de trabajo.
Según la última ley, votada el 7 de noviembre, no habrá aumentos en el salario mínimo o en la paga mínima diaria, hasta que la tasa de desempleo oficial no baje del 10%. O sea que todo lo descrito anteriormente en realidad será duradero, dado que la tasa de desempleo actual es del 25% y va aumentando.
El paquete de las nuevas medias, votado el 7 de noviembre de 2012, mete mano también en las nóminas de muchos funcionarios (entre ellos de médicos y en general personal de hospitales, de catedráticos y en general personal de universidades y escuelas técnicas, e.tc.). Los recortes salariales de estos funcionarios oscilan entre el 5% y el 30%.
Al mismo tiempo que los trabajadores están siendo conducidos al empobrecimiento y la indigencia, sufriendo sucesivos recortes salariales, el Estado reduce las contribuciones patronales, haciendo un regalito más al Capital. El paquete de las nuevas medidas prevé una reducción paulatina de las contribuciones patronales del 5%. La ley monstruosa del 7 de noviembre ratificó una primera reducción del 1,1%.
Notas importantes:
1. Los medios de desinformación griegos y extranjeros citan las cifras de los sueldos mínimos brutos y no las de los sueldos mínimos netos, o sea del dinero que realmente llega a cobrar un trabajador. Así pues, se le da la impresión al lector, oyente o espectador de que el sueldo base son 586 euros en vez de 476 euros que es la cifra real.
2. Como se ha mencionado anteriormente, los conceptos del salario y de la jornada laboral, en la práctica no existen. La jornada laboral es flexible e indeterminada. Bajo la amenaza del despido los esclavos asalariados se ven forzados a trabajar más de ocho horas diarias. Casi ninguna empresa del sector privado paga las horas extra a los trabajadores. Las que lo hacen, según la ley anti-obrera no están obligadas a pagar el suplemento entero que estaba previsto por la ley que estaba en vigor hasta hace unos meses, sino un suplemento del 20%.
3. En los cálculos indicativos de los ejemplos no está calculada la reducción adicional de los salarios a causa del recorte o la eliminación de ciertos subsidios, por ejemplo el subsidio por matrimonio.
4. Desde el 14 de febrero de 2012 los aumentos para las escalas salariales están “congelados”.
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