Category Archives: cadena perpètua

[Estat espanyol] Es reinstaura la Cadena Perpètua

No és que hagués deixat d’existir mai, gràcies a la doctrina Parot i “errors administratius” de l’Estat, però gràcies a la nova reforma del Codi Penal (un dels més durs d’Europa), ara la Cadena Perpètua es generalitzarà de forma 100% legal.

>>Incitación a desórdenes

El nuevo Código Penal castigará también por primera vez la emisión de mensajes de convocatoria para la comisión de un delito y se sancionan así los actos de incitación de desórdenes públicos graves.

En respuesta a las peticiones del gremio de joyeros, la falta de hurto pasa a tener una calificación de delito de tipo agravado y además del valor de lo sustraído se tendrá también en cuenta el perjuicio a la víctima.

El intrusismo profesional también será condenado en aquellos casos en lo que se preste un servicio al público sin tener la titulación y ha puesto como ejemplo el de los odontólogos.<<

http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/prision-permanente-revis

Amadeu, aplazado ingreso en prisión

Esta mañana del jueves 2 de Agosto, día en que vencía el plazo para que Amadeu entrase en prisión, la jueza suplente de la sección novena de la Audiencia Provincial, ante la solicitud de indulto presentada por la abogada de Amadeu, ha decidido suspender dicha entrada hasta que se incorpore la jueza titular en Septiembre y decida sobre la situación de Amadeu.

Por tanto, se aplaza su entrada, y esta demora abre una nueva posibilidad para evitar que Amadeu entre de nuevo en prisión frente a la amenaza pendiente…

Un fraternal agradecimiento a todas las personas que han manifestado su preocupación solidaria por la situación de Amadeu y después de este pequeño respiro, permanezcamos atentas.

————————————————————————–

Suspensión de faxes Solidaridad Amadeu Casellas

Buenas noticias por ahora…

Se consiguió suspender el ingreso de Amadeu Casellas hasta septiembre, que es cuando vuelve la magistrada titular del juzgado. Han hablado con la magistrada suplente que le dijo que no tiene por qué ingresar en prisión y mismo que la magistrada titular lo dijera el contrario, quedaría entre 1 o 2 días y saldría (lo que tampoco nos parece muy lógico, pero bueno) ya que los tramites estarían ya preparados.

Ahora queda esperar, pues creemos que la farsa aún no ha terminado.

Se pide que se paren el envío de faxes, de momento…

Salud y libertad

———————————————————————–
Hoy nos comunica Amadeu que le ha vuelto a ser notificado su ingreso en prisión el próximo día 29 de julio, Increíble pero cierto! Si no fuese cierto, incluso podría parecer una broma macabra de mal gusto, pero esta es la cruda realidad de las leyes burguesas, sus centros de exterminio…

El pasado 2 de junio se notifica a Amadeu Casellas que tiene que presentarse en la sala novena de la Audencia Provincial de Barcelona, una vez allá le es notificado que tiene 10 días para ingresar en la prisión de Manresa para cumplir una pena de 3 años. Se pide, mediante recurso,  que le sean abonados de los 8 años que la “injusticia” del Estado le debe y que ellos mismos reconocen después del periodo de un duro periodo de lucha que consigue romper el encierro.

Después de visitar el Juzgado de vigilancia, la cárcel de Manresa y diferentes reuniones, con la finalidad de poder reconducir esta “ilógica” situación , le dicen que no pueden “atender” este recurso porque como no ha ingresado en prisión no tienen número de “expediente” y prometen que una vez ingresé en la cárcel,  será atendido de una manera “rápida”.

Ya es increíble solamente pensar que una persona pueda estar encerrada durante ocho largos años sabiendo que está siendo secuestrado, pero que todavía se tenga la desfachatez de decirle a esa misma persona que vuelva a entrar en prisión para poder atender su “expediente” solo puede venir del lado de un estado vengador y nauseabundo.

Como no podía de ser de otra manera Amadeu no se conforma y sigue luchando por su libertad, después de diferentes reuniones desde el Secretariado General de Prisiones de Catalunya le son abonados dos años y ocho meses de prisión, pero que no pueden anular la orden judicial de ingreso, le ofrecen un tercer grado con carácter de condicional.

El siguiente paso es la Audencia Provincial de Barcelona, dónde el presidente acaba anulando la orden de ingreso efectiva para el 12 de julio, queda pendiente toda la burocracia en los diferentes juzgados y las audiencias ante el juzgado de vigilancia para que la condena quede totalmente anulada.

En resumen, como jugar con la vida, con las expectativas de una persona, llevarla al mayor nivel de incertidumbre, algo tan sádico solo puede salir del lado de un Estado miserable y manipulador.

Sabemos que durante el mes de agosto y principios de septiembre será muy difícil poder mover cualquier tema que tenga que ver con la burocracia legaloide burguesa, por lo que en caso de hacerse efectivo el ingreso, el compañero estará expuesto a cualquier tipo de manipulación, provocación, montaje, etc que dificulte su puesta en libertad.

Ahora es el momento de estar preparadas para enfrentar de nuevo a la bestia, luchar con nuestra mejor arma: La solidaridad.

Amadeu Casellas Ramón no está solo, su libertad es la nuestra, su lucha es la nuestra. Su opción nunca ha sido el silencio y la nuestra tampoco.

POR LA LIBERTAD!

POR LA SOLIDARIDAD!

POR LA ANARQUÍA!

ABAJO LOS MUROS DE LAS PRISIONES!

 

PETICIÓN DE SOLIDARIDAD

Ante la nueva situación de Amadeu Casellas. Solicitamos que hagan un llamamiento para que participen y en la medida de lo posible difundan y remitan faxes de protesta a la Audiencia Provincial Sección 9ª número 93.486.61.51.

Pese a la gestiones hechas por su abogada mediante entrevistas con la Direcció General de Serveis Penitenciaris de la Generalitat y las reclamaciones ante la Audiencia Provincial de Barcelona Sección 9ª, Amadeu tiene ya la Providencia de la Audiencia que le “invita” a entrar voluntariamente en prisión en un plazo que finaliza este jueves 2 de agosto.
Los antecedentes son los siguientes:
En 2008, cuando todavía Amadeu estaba en prisión, detuvieron en la entrada de la cárcel a una mujer que portaba una sustancia, que de acuerdo con el informe de los policías que la detuvieron, y que la estaban esperando, era blanca. Cuando esta mujer fue interrogada en su testimonio dijo que la droga era para Amadeu, en todo esto Amadeu no era consciente ni fue informado de nada. A los 9 meses, después de una huelga de hambre de 37 días, recibe la acusación de tráfico de drogas, con lo que paralizan su salida.
Ya en 2010, un mes después de que quedara en libertad, se celebra el juicio por la acusación de tráfico, la mujer mencionada, ante la pregunta de si Amadeu la había llamado para pedirle la droga ella respondió que no, que la llamada que hizo que fuera a buscar la droga la hizo un tercero, que ella sólo fue a buscarla y a llevarla a prisión, se comprobó que Amadeu no hizo ninguna llamada a ese número.
Para más INRI, el informe de la policía que la detuvo dice que la sustancia es blanca y parece cocaína, sin embargo el análisis realizado por el Institut de Medicina Legal de Catalunya, que es el organismo oficial que realiza los análisis de substancias para las administraciones Catalanas y para los juzgados y tribunales con sede en Catalunya, la sustancia es marrón y heroína. Fueron condenados a 3 años de privación de libertad cada uno, pese a no conseguir conectar a Amadeu con la droga.

 

La Sentencia se impugnó ante el Tribunal Supremo que no admitió a trámite el recurso. El pasado 29 de Junio Amadeu recibió la Providencia de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial que ordenaba su ingreso en prisión, de forma voluntaria como máximo el 2 de Julio, gracias a las gestiones de su letrada, alegando que no es lógico ni legítimo que Amadeu entre a prisión teniendo una liquidación de 8 años de condena pendiente; consiguió suspender su entrada, pero el rodillo judicial volvió a la carga, e incoherentemente, pese a tener una liquidación de condena pendiente de ocho años a su favor, y sin tener en cuenta el inconsistencia de la acusación, juicio y condena de trafico de drogas, responden finalmente, mediante otra Providencia de la Audiencia, que debe  entrar “voluntariamente” en prisión como máximo el 2 de Agosto y, que una vez dentro, ya seefectuará la citada liquidación.
El Director General de instituciones penitenciarias manifiesta que el no puede modificar una resolución judicial pero lo que si puede hacer es aplicar un tercer grado y esta posibilidad está pendiente de estudio por parte de Institucions Penitenciàries.

 

Rueda de prensa de Amadeu

Antigonia. Nexo informativo

Puedes escuchar la rueda de prensa de Amadeu en el siguiente enlace (en catalán):

http://www.freesound.org/people/antigonia/sounds/162062/

Rueda de prensa de Amadeu Casellas en el Colegio de Periodistas de Catalunya ante su inminente ingreso en prisión debido a múltiples irregularidades procesales. Es destacable la escasa presencia de medios de comunicación para los que asuntos de este tipo y esta gravedad, no parecen ser merecedores de su cobertura.

[Estat espanyol] El PP anuncia que impondrá la cadena perpetua revisable si gana

Trillo defiende ahora esta polémica medida, que hace varios años consideró inconstitucional, dentro de un grupo de reformas para agilizar la justicia

En la convención nacional que el PP celebra estos días en Málaga no se ha dado a conocer el programa electoral, que era en principio el motivo del cónclave, pero la formación de Mariano Rajoy se mojó en un asunto de especial sensibilidad social: la inclusión de la cadena perpetua revisable en el Código Penal. El responsable de justicia del PP, el exministro Federico Trillo, anunció que llevarán esa medida en su programa electoral para aprobarla si ganan las elecciones y gobiernan.

El PP ya había amagado en varias ocasiones en los últimos años con esta propuesta, que finalmente se atreve ahora a apadrinar ante su previsible victoria electoral en las generales del 20-N y que dice es apoyada por el 82% de los españoles. Trillo fue ayer el encargado de defender ante su público una propuesta que él mismo consideró de “dudosa constitucionalidad” hace tres años, en agosto de 2008, cuando se generó un debate social sobre el alcance de las penas tras la puesta en libertad del sanguinario etarra Iñaki de Juana Chaos, porque el objetivo de la pena en España es la reinserción del condenado. El artículo 25 de la Constitución señala: “Las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”.

Después de aquel amago, el PP, incluso a través de su líder, Mariano Rajoy, volvió a mostrarse partidario de la cadena perpetua con ocasión de los asesinatos de la niña Mari Luz Cortés —su padre, que realizó una campaña de recogida de firmas ha llegado a ser asesor de justicia del PP— y de la joven sevillana Marta del Castillo; y la llegó a proponer incluso en la reforma del Código Penal del año pasado. Como no aceptaron su enmienda, el PP renuncia a apoyar la norma.

En su intervención en el foro Una democracia ejemplar, Trillo no aludió a si será precisa una reforma constitucional para incluir la cadena perpetua revisable en el Código Penal.

Trillo lanzó la propuesta sin alharaca justo al final de los casi 10 minutos de su intervención en la convención, cuando, tras quejarse de que existen en la actualidad más de 1,6 millones de sentencias pendientes de ejecución, abogó por la necesidad de hacer “más creíble” el Código Penal y anunció una “reforma integral del sistema de penas para reducirlas de 28 a dos, prisión y multa, y que la sanción máxima por el Código Penal sea la prisión perpetua revisable”. A continuación, afirmó que todos los países de la Unión Europea contemplan esta condena “menos dos, uno de ellos España”. En la nota de prensa se alude expresamente a 14 países europeos.

No dio más detalles. En la enmienda que el PP retiró en la reforma del Código Penal establecía que la pena pudiera revisarse no antes de 20 años y siempre que se diera un pronóstico favorable a la reinserción y que el condenado mostrara arrepentimiento y tuviera satisfechas las responsabilidades civiles que le dictase el juez.

El Código Penal actual contempla una pena máxima de 40 años para los delitos más graves y su cumplimiento íntegro. En países que tienen adoptada la cadena perpetua revisable, como Alemania, Reino Unido o Francia, prácticamente ningún penado llega a estar más de 30 años en prisión.

En el orden en el que Trillo desgranó las propuestas de reforma para procurar un sistema judicial “más rápido, eficaz, independiente, imparcial e igual para todos”, planteó al principio cambios en el sistema de designación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, para el que insinuó carácter vitalicio, o la recuperación del recurso previo de constitucionalidad con carácter suspensivo para estatutos de autonomía y leyes orgánicas.

Trillo arremetió con dureza contra el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, al que llamó personaje “infame” y cuyo mandato descalificó como “los años de mayor sectarismo y partidismo” en ese organismo.

El País

Panfleto sobre Miguel Montes Neiro.

El objetivo es que llegue al mayor numero de personas porque en la ignorancia está la indiferencia, y ahora mas que nunca Miguel necesita el apoyo de la gente. Por eso este panfleto pretende sensibilizar al mayor numero de personas posible. Difundelo por internet, hazle copias (puedes montarlo para que salgan 2 en un mismo folio) enseñaselo a todo el mundo…..Miguel se debilita, y su estado de salud es grave, ahora mas que nunca, necesita ayuda. Todo lo que puedas hacer por el, es una gran idea!

SOLIDARIDAD ACTIVA!!!! MIGUEL Y FAMILIA, NO ESTAIS SOL@S!!

Puedes descargarte aquí el panfleto en PDF.

http://infopunt-vlc.blogspot.com/2011/08/la-hermana-de-miguel-montes-neiro-el.html

Envio De Faxes En Solidaridad Con Miguel Montes Neiro (2 Meses En huelga De Hambre)

Pedimos que se remita el siguiente texto mediante fax a la prisión de Albolote donde se encuentra actualmente Miguel Montes, que lleva una huelga de Hambre que ya dura dos meses.

Fax del C. P. Albolote: 958 53 72 03
Desde AQUÍ se pueden enviar Faxes gratis (recuerda que sólo tienes que confirmar el envio desde la cuenta de correo electrónico que pusiste)
Al Sr. Director del Centro Penitenciario de Granada.

Señor Director, me dirijo a usted con el presente escrito para trasmitirle mi preocupación por la injusta situación del Señor Don Miguel Francisco Montes Neiro que actualmente mantiene una huelga de hambre en el Centro Penitenciario que usted dirige desde hace más de dos meses, y teniendo en cuenta que lleva más de 35 años preso solo por pequeños delitos durante los cuales ha sido víctima de todo tipo de abusos, malos tratos y desatenciones médicas no se a que esperan para darle el tercer grado como solicitó su abogado recientemente u otra medida alternativa , como bien puede ser la aplicación del art. 100.2 del R. P., mientras se tramita el indulto al que se han comprometido todos los grupos políticos ¿Es que acaso pretenden dejar que se muera para que no se sepan todas las barbaridades que le han hecho?
Le recuerdo Sr. Director que es usted responsable de la salud de las personas internas en este Centro Penitenciario, y supongo que no deseará usted tener una mancha en su trayectoria profesional, por lo que le aconsejo que no se demore y le den el tercer grado de una vez al Sr. D: Miguel Francisco Montes Neiro para que pueda recuperarse de las secuelas de la huelga de hambre en compañía de sus familiares mientras se tramita el indulto. Y entre tanto esto sucede esperamos que sea trasladado a los servicios hospitalarios adecuados donde se pueda vigilar y cuidar su delicada salud agravada por la huelga de hambre que está llevando a cabo.

Sin nada más que añadir, me despido de usted con la esperanza de que atienda a mi petición.

Atentamente

[Estat espanyol] Envio masivo de faxes por las cadenas perpetuas encubiertas y la huelga de hambre en Brians 2

Desde el pasado 7 de Junio, varios compañeros del Centro Penitenciario Brians-2 emprendieron diferentes reivindicaciones contra su situación. Abajo podeis leer el manifiesto de los compas.

Desde aquí se hace un llamamiento a todas quellas personas que quieran solidarizarse, con un envio masivo de Faxes el próximo LUNES 27 DE JUNIO POR LA MAÑANA.

Leer más…

[Estat espanyol] Miguel Montes, otro caso de cadena perpetua encubierta

Miguel Montes Neiro, lleva más de 50 días en huelga de hambre como medida de presión para reclamar su puesta en libertad. Miguel Montes Neiro, es el preso más antiguo de España, un anciano de 60 años con graves problemas de salud que entro por primera vez en prisión, el 7 de octubre de 1976 y que terminará de cumplir su condena según IIPP en el 2021.

En su expediente constan una veintena de causas -ninguna de sangre y muchas de ellas cometidas dentro de prisión-, 16.822 días en prisión provisional, 1.400 días fugado -repartidos en cinco etapas distintas- y 34 años en prisión. En esos 34 años Miguel apenas ha disfrutado de ningún privilegio penitenciario, ya que “Mientras estaba cumpliendo algunas condenas firmes, tenía otras preventivas y los presos en esa situación no pueden ser clasificados. Por ello, salvo excepciones como el entierro de su madre, nunca ha disfrutado de un permiso”, aclara su letrado.

“Las prisiones preventivas no tienen como finalidad el cumplimiento de una condena futura”, eso es un “quebranto absoluto de su presunción de inocencia”, dice también su abogado al aclarar que gran parte de los 46 años y ocho meses que acumula en prisión provisional no le han sido liquidados.

Este error penitenciario explica que Miguel haya pasado en prisión provisional más tiempo del que luego fue condenado por algunas de sus causas. Por esta vía, o por la del límite máximo de 20 años contemplado en el artículo 76 del Código Penal, la defensa de Miguel cree que “ha pagado de sobra”.

El problema de Miguel (como el de tantos otros presos en su misma situación) es que no hay manera legal de conseguir la libertad, por lo que la única salida que queda a estos presos ante la situación de abandono a que los somete el sistema es la de escaparse o morir en prisión. Ante “el fallo brutal del sistema”, su abogado lo tiene claro: “La obligación del preso es intentar fugarse”. Cosa esta no legal, pero si legítima, añadiríamos nosotros.

Ante esta falta de recursos para poder obtener su libertad por otros medios, su abogado ha solicitado un indulto por razones humanitarias, con lo cual los grandes partidos, PP y PSOE, IU, además del El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo se han mostrado de acuerdo, ya que según ellos el indulto es cuestión “ya no de legalidad, sino de equidad”. Anteriormente a esto también se pidió una refundición de condenas al TS, cosa que tampoco ha sido concedida, según ellos por falta de datos. Nosotras creemos que si después de 35 años de prisión todavía no tienen los datos necesarios, con lo lenta que va la burocracia en estos casos, quizás cuando los consigan ya sea demasiado tarde para la salud y la vida de Miguel.

No es este el primero ni el único caso que conocemos, en que IIPP y todo el sistema jurídico se saltan la legalidad y las normas y leyes creadas por ellos mismos y retienen encarceladas ilegalmente por más tiempo del que toca a algunos presos, (Joaquín Garcés 5 años, Amadeu Casellas 8 años, ambos reconocidos por la ley). El caso de Manuel Pinteño es muy similar al de Miguel. También el pago 34 años de talego, pese a que la ley que los juzgó a los dos, el antiguo CP, dice que el máximo cumplimiento para sus causas debería ser de 20 años. Tampoco para él había salida legal posible, y por eso, en un acto desesperado por conseguir su libertad se optópor pedir su indulto, cosa que tampoco consiguió.

Pedir un indulto significa pedir perdón, o lo que es lo mismo agachar la cabeza e implorar compasión y clemencia, reconociendo la culpabilidad del preso y la autoridad de quienes lo conceden. Por eso digo que un indulto se pide en un acto desesperado cuando lo que pertenece por derecho y por ley, la InJusticia no lo reconoce, se enroca en sus propios laberintos y no hay manera posible de conseguirlo. Como se ha podido comprobar en los anteriores casos mencionados (todos libres ya), la presión del exterior sí que influye a la hora de conseguir la libertad. Las campañas de la calle, no hacen milagros ni consiguen la libertad de alguien a quién no le toque por ley, pero acelera las cosas cuando como en el caso de Miguel se está incumpliendo la ley. Cuando jueces, fiscales e Instituciones notan la presión y la molestia que les causa la gente que apoya desde fuera y desde los medios de información, seguramente son más diligentes en su trabajo y eso puede hacer que por quitarse un problema de encima se acelere el proceso de la liberación.

En vista de todo lo dicho anteriormente, mi reflexión me lleva a pensar que Miguel Montes Neira no ha recibido el apoyo del exterior que los otros expresos mencionados han recibido. No tiene grupos de apoyo, solo su familia y su abogado gestionan su caso. No hay campaña a favor de su liberación. Sale muy poco en los medios de información, incluso en los alternativos. El apoyo de los políticuchos oportunistas de turno, está claro que no sirve para nada. ¿Y esto porque pasa? ¿Porqué hay presos que en las mismas circunstancias tienen más atención que otros? ¿Es porque el movimiento anticarcelario está de bajón? ¿Es porque hay presos que son más mediáticos que otros? ¿Estamos por el preso o estamos por la causa? ¿Es porque se está cansado de campañas individuales? Yo supongo que todo influye pero creo que todos deberíamos reflexionar y debatir sobre ello y tomar decisiones, aunque sin demorarse demasiado, ya que la vida de Miguel corre un serio peligro y sería una putada que nuestras dudas nos impidiesen actuar a tiempo.

EXIGUIMOS LA LIBERACIÓN DE MIGUEL MONTES NEIRA YA!!!

[Arrasate] “No al castigo de cárcel para toda la vida”

Centenares de personas acudieron de forma pacifica al acto. Muchos de ellxs acabaron siendo apaleadxs. Elkartasun Antifaxista!!

Arrasate * E.H
Bildu llena el Anaitasuna de Iruñea en su acto central en Nafarroa, mientras tanto en Arrasate (Gipuzkoa) las F.S.E de la C.A.V cargan brutalmente, y tres ciudadanos son detenidos, tras la prohibición del acto, contra la condena de por vida a lxs Presos Políticos vascos.

[Estat espanyol] Cuatro presos se suman a la huelga de hambre de Miguel Montes

Según la Agencia EFE, cuatro presos han comenzado una huelga de hambre en solidaridad con Miguel Montes Neiro, el preso común más antiguo de España, al sumar desde 1976 una veintena de condenas, quien inició hace una semana una medida de fuerza similar para reclamar su puesta en libertad.

Encarnación Montes, hermana de Montes, confirmó hoy a Efe esta medida de presión colectiva y adelantó que “serán muchos más los (presos) que se pongan en huelga de hambre”.

Respecto al estado de salud de su hermano, explicó que tiene infección de orina, azúcar baja y le duelen mucho los riñones, “pero no se va a rendir”.
Ella misma también decidió ponerse en huelga de hambre el pasado lunes en apoyo a su hermano y al respecto indicó que tiene la tensión baja y mareos, aunque insistió en que tampoco tiene intención alguna de desistir.

Para su hermano encarcelado, ésta es su segunda huelga de hambre, después de la que mantuvo durante ochenta días en 2009.

Miguel Montes reclama que se le aplique el límite de 20 años por los delitos cometidos antes de la entrada en vigor del nuevo Código Penal y de otros 20 tras la puesta en marcha de éste.

Miguel Montes ha cumplido ya 40 años y 225 días de pena, que se reparten en 35 años de condena como tal, 1.911 días de redenciones ordinarias concedidas por la prisión y 390 de redenciones por buen comportamiento.

Encarnación Montes insistió en la necesidad de que su hermano sea indultado.

En principio, Miguel Montes no saldrá de la cárcel hasta 2021, cuando debería haber sido puesto en libertad en 1994, según las normativas de cumplimiento máximo de condena y refundición de penas vigente actualmente en España.

Su abogado ya ha tramitado la petición de indulto, después de que el Tribunal Supremo estimara recientemente el recurso del preso y anulara el auto de la Audiencia de Granada, que denegó que fueran acumuladas sus condenas, para que dicte otro más claro y así poder decidir sobre su excarcelación.

[Huelva] Miguel Montes Neiro y su hermana inician una huelga de hambre indefinida

Noticia en terra.es

Tiene 61 años y ha pasado más de 35 en prisión

El preso común más antiguo de España inicia una huelga de hambre

El recluso sufre Hepatitis C y tuberculosis por lo que esta huelga de hambre podría ser ‘mortal’, según su defensa.
Además de Miguel Montes Neiro, su hermana Encarnación también ha decidido dejar de ingerir alimentos hasta que se solucione su situación.

Miguel Montes Neiro, considerado el preso más antiguo de España al haber enlazado condenas sin delitos de sangre que le mantienen en la cárcel desde hace más de 35 años, ha iniciado una huelga de hambre al cumplir 61 años de edad en la cárcel de Huelva y ver que sus peticiones de refundición de penas han sido desestimadas.

La huelga de hambre del preso ha sido comunicada oficialmente este domingo, según han confirmado fuentes de Instituciones penitenciarias.

Además del preso, su hermana ha decidido no ingerir alimentos hasta que su familiar quede libre, y ha reclamado que “le concedan el indulto, puesto que ya ha cumplido más que cualquier criminal”.

Encarnación Montes ha recordado que se trata de la segunda huelga de hambre que inicia su hermano después de la que mantuvo durante 80 días en 2009 y ha indicado que, en esta ocasión, ella se suma porque es “inadmisible” lo que le está pasando.

Riesgos para su salud

El abogado del preso, Félix Ángel Martín García, ya ha tramitado una petición de indulto al Gobierno por razones humanitarias, ya que el delicado estado de salud de Montes Neiro –padece Hepatitis C y tuberculosis–, unido a la huelga de hambre, podría ser ‘mortal’ para el interno.

Además, tiene recurrido ante el Tribunal Supremo el rechazo de la Audiencia de Granada a refundir sus penas y confía en que el propio fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, se implique en el asunto.

A ello se comprometió, según su hermana, en una carta que le envió de respuesta a Montes Neiro, que le pidió ayuda para que se le permita salir de prisión y pasar el resto de su vida junto a sus dos hijas, de 13 y 15 años, dedicándose a lo que realmente le gusta, que es la escultura.

Montes Neiro, nacido en Granada el 23 de abril de 1950, ingresó en prisión el 7 de octubre de 1976 y desde entonces ha estado bajo régimen penitenciario por delitos como tentativa de robo, tenencia ilícita de armas, desacato y fugas. A efectos penitenciarios, según su defensa, ha pasado ya 40 años y 220 días en prisión: ‘Es una cadena perpetua camuflada’, sostiene su hermana.

-El preso más antiguo de España inicia una huelga de hambre (Público.es)

-Empieza una huelga de hambre indefinida el preso común más antiguo de España
(yahoo.es)

[Estat espanyol] El TS no resuelve sobre la excarcelación de Montes Neiro por falta de datos

El Tribunal Supremo no ha podido decidir este, a falta de datos, si excarcela a Miguel Francisco Montes Neiro, considerado el preso común más antiguo de España al haber enlazado condenas desde hace 35 años. Tras varias horas de deliberación, la Sala de lo Penal ha anulado el auto dictado por la Audiencia Provincial de Granada que rechazaba refundir sus penas y ha pedido dicte otro “con la debida claridad”.

Según la sentencia dada a conocer este martes, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Granados, para poder resolver esta cuestión es necesario que se consignen datos como las sentencias firmes cuyas penas se pretenden refundir, lo que permitiría a la vista de los hechos, las fechas de las sentencias, los delitos y penas impuestas, “si se trata de conductas delictivas que pudieran haberse enjuiciado en un solo proceso o que exceden del máximo de cumplimiento efectivo”.

La Fiscalía se opone a que sus condenas sean acumuladas, una decisión que permitiría a Montes salir de la cárcel antes de la última fecha prevista por los tribunales ordinarios, que se cumple en 2021.

Pese a no tener delitos de sangre, Montes Neiro, natural de Granada y de 60 años de edad, lleva desde 1976 sin acceder a la libertad, siquiera provisional. La dilatación de sus condenas se debe a sus intentos de fugas. El último de ellos, ocurrido en noviembre de 2009 en un permiso penitenciario para asistir al velatorio de su madre en Granada.

También precisa conocer el Supremo de forma concreta los periodos de prisión preventiva sufridos por Montes Neiro y a qué ejecutoria han sido abonados.

En el auto de la Audiencia de Granada se observa la ausencia de esos elementos “que resultan precisos para resolver sobre el recurso plantado y en definitiva sobre la refundición interesada”, tal y como señaló en su día el escrito del Ministerio Fiscal.

Por ello, el alto tribunal pide a la Audiencia que dicte una nueva resolución “en el que se hagan constar todos los datos o elementos precisos para resolver sobre las condenas cuya refundición se solicita, pronunciándose sobre todas las cuestiones planteadas”.

La situación de Montes Neiro se ve agravada por la reciente entrada en vigor del nuevo Código Penal, que no permite que los excesos en el cumplimiento de prisión preventiva sean descontados en causas diferentes. No obstante, y según ha alegado la defensa de Montes ante el Supremo, la jurisprudencia avala que en casos de cambio de legislación prevalezcan las normas que resulten más beneficiosas para el reo.


DEBIÓ SALIR EN 1994, SEGÚN SU DEFENSA

En ese contexto, la defensa de Montes Neiro, representada por Félix Ángel Martín García, ha pedido al Supremo que revise la contabilidad de los días en prisión que lleva el recluso, habida cuentas de que, según sus cálculos, tenía que cumplir 13.300 días de prisión y que debió salir de la cárcel en marzo de 1994.

La Audiencia Provincial de Granada, uno de los tribunales sentenciadores de Montes Neiro, ha rechazado esas cuentas y ha alegado que la refundición de condenas debe aplicarse cuando se traten de un único proceso porque “lo contrario sería una especia de crédito a favor del reo que actuaría como una especie de patente de corso frente a posteriores hechos delictivos”.

La Fiscalía no es partidaria de admitir el recurso de Montes Neiro aunque considera que sería necesario que el tribunal sentenciador dictase un nuevo auto con los datos necesarios para valorar si las sentencias pendientes son acumulables y se resuelvan, si son de su competencia, las peticiones que allí plantee el penado.

Extraido de Europa Press vía Tokata.

www.miguelmontes.es.tl

****El Supremo decide que se quede en la cárcel un preso que lleva en ella 35 años sin tener delitos de sangre

[Chile] Piden cadena perpetua para los anarquistas presos

El fiscal Alejandro Peña pidió cadena perpetua para dos de los jóvenes acusados por una serie de bombas puestas en la capital. Para los otros imputados pidió penas de entre 540 días a 20 años. Mientras los jóvenes han estado en prisión las bombas han seguido estallando en la ciudad.

Peña intenta por todos medios de probar que los 15 jóvenes participaron en la colocación de más de 200 bombas que desde el año 2006 han estallado en Santiago. Incluso serían responsables de bombas que estallaron mientras estaban en prisión.

Los jóvenes, de ideas anarquistas, están acusados de asociación ilícita terrorista y de colocación de bombas en la capital.

El diagrama que presenta Peña califica como líderes de esta asociación ilícita a Pablo Morales y Rodolfo Retamales. Para ellos el fiscal pide una pena de presidio perpetuo simple, o sea, en caso de ser considerados culpables arriesgan un mínimo de 20 años de cárcel antes de optar a cualquier beneficio penitenciario.

Para los otros 13 imputados, la Fiscalía pide sentencias de entre los 540 días y hasta los 20 años de prisión.

Verónica Garín, familiar de uno de los imputados, comentó que esta mañana aún los abogados defensores habían sido notificados de la presentación de pruebas. “Esto es un montaje con ribetes políticos por sobre los jurídicos. Algunos de ellos tienen un pasado lautarino y por eso se los condena. Tengo las sospechas de que las penas tan altas las puedan usar de canje para los condenados por violaciones a los derechos humanos”

Garín agrega que “no teneos idea de las pruebas que tienen, ya que según el expediente que conocemos no hay pruebas reales que los inculpen”.

El 13 de febrero concluía el plazo de investigación y Peña pidió en marzo una reformalización de cargos, lo que ha dilatado el inicio del juicio oral y ha mantenido a los jóvenes en prisión. Pero el 25 de marzo el Octavo Juzgado de Garantía ordenó ayer el cierre del proceso luego de cinco años de indagatorias y que mantiene a estos 15 jóvenes desde hace seis meses presos, sin aún presentar las pruebas que los incriminen.

A juicio de los abogados defensores, el fiscal Peña no tiene ninguna prueba concluyente, pese a que han hecho pericias de tipo informático, escuchas telefónicas, estudios psicosociales, levantamiento del secreto bancario sobre una cuenta y pedidos a administradores de correos electrónicos para que entreguen información de las personas procesadas.

Algunas pericias sobre colocaciones datan del segundo semestre del 2010, tiempo en el que los acusados y acusadas estaban en prisión. De los 15 detenidos, 11 se encuentran en prisión preventiva y los otros 4 permanecen en libertad con medidas cautelares.

En el juicio oral Peña amenazó con presentar 794 testigos, 221 peritos y 6744 evidencias materiales, documentos e informes periciales.

Los imputados mantuvieron una huelga de hambre que duró más de un mes en protesta por el tiempo transcurrido sin tener un juicio oral.

Extraido de elciudadano.cl

Más información:

hommodolars.org
solidaridadporlxspresxs.blogspot.com
libertadalos14a.blogspot.com

Carta de Joaquín Garcés al ministro de Justicia. Para publicar en los medios


Esta carta abierta dirigida al Ministro de Justicia, que describe hechos probados que son realmente incómodos para el estado, pero de indudable interés para las personas sometidas a su soberanía – tanto si aceptan ésta de buen grado como si no – fue enviada para su publicación a los tres grandes diarios de tirada nacional: ABC, El Pais y El Mundo. Ninguno de estos tres paladines de la información ha querido publicarla, pese a la incuestionable veracidad de lo dicho y lo ponderado de su tono, algo que aún arroja más sombras respecto a algunas actuaciones del estado y que viene a posicionar a estos medios, una vez más y para el interés de aquellas personas que conservan su sentido crítico, donde realmente están: siempre al servicio del poder establecido tanto para propagar su verdad oficial, como para silenciar aquellos hechos ciertos que son susceptibles de poner en tela de juicio el discurso público.Es por ello y para romper éste muro de silencio, que os animo a todas las personas a reenviar esta carta a donde os parezca oportuno, traducirla,etc. Muchas gracias a todas.

SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA:
Me dirijo a usted mediante esta carta abierta para poner en su conocimiento unos hechos que por su extrema gravedad, entiendo que son de sobrada importancia como para que usted les dedique una parte de su tiempo y atención. No en vano lo que ponen en cuestión es nada menos que la viabilidad del fundamento teórico y práctico del estado de derecho. Lo que vengo a referir es un suceso que se supone que jamás podría ocurrir. Que antes de llegar a una cosa así, se activarían los controles y sistemas de garantías del estado para detectarlo y darle solución. Sin embargo esto no sucedió y como consecuencia de ello, hube de pasar cinco años de mi vida en las cárceles españolas en una situación que, pasados diez años, ha sido calificada por órganos judiciales como de prisión indebida. Las rotundas afirmaciones que hago tienen hoy carácter de evidencia. Son consideradas hechos ciertos tanto en informes de Instituciones Penitenciarias que obran en mi poder y en el de mi defensa procesal, como en las correspondientes resoluciones judiciales que dictó la Audiencia Nacional entre los años 2008 y 2009. Se llegó a ellas tras un largo periplo judicial que fue calificado de “extravagante” por el Iltmº Sr. magistrado juez D. Javier Gómez Bermudez, quién en última instancia se pronunció al respecto afirmando, más allá de cualquier duda, que entre el 19 de julio de 1997 y el 12 de marzo de 2003 estuve preso indebidamente. Cinco años de mi vida, por tanto. Pero al día de hoy, pese al reconocimiento expreso e incuestionable de que durante tan largo periodo de tiempo estuve privado de libertad contraviniendo lo dispuesto por jueces y tribunales, seguimos sin tener una respuesta clara, por parte de las instituciones del del estado, con la que se intenten paliar las consecuencias de éste suceso tan irreversible como irreparable.

Lo que hace especialmente escandaloso el caso del que estamos hablando, es que no se trata de uno de esos lamentables episodios en los que una persona permanece en prisión, por un uso excesivamente riguroso de la prisión provisional o no, para resultar después absuelta en el acto del juicio. Esto es algo a lo que por desgracia estamos bastante acostumbrados y habrá quién diga que es inevitable, por más que otras personas no estemos de acuerdo con ello. Pero no fue esto lo que sucedió en mi caso. Permanecí en prisión indebidamente durante cinco años porque encontrándome extinguiendo varias condenas firmes, no fue anotada en mi expediente penitenciario, tal y como la Audiencia Provincial de Zaragoza ordenaba a la cárcel de Jaén II que se hiciera, la resoluciónjudicial que reducía mi condena en doce años. Fallaron por tanto los mecanismos internos de funcionamiento del estado al no realizarse desde la DGIP la que es su función principal, es decir: dar cumplimiento efectivo a los mandatos de jueces y tribunales. Y fallaron de tal forma que lo que se vino a demostrar, es que el incomprensible error de un funcionario público en el desempeño de sus funciones puede dar al traste con todas las garantías jurídicas y procesales del estado de derecho. Hubieron de transcurrir nada menos que 16 años para que el Auto que reducía mi condena desde el año 1992 se hiciera efectivo. Y cuando esto se hizo, ya no se pudo evitar que yo no fuese puesto en libertad en la fecha que correspondía, y que durante cinco años más permaneciera encarcelado. Pero si hoy la única posibilidad que nos ofrece el marco jurídico es la de solicitar una indemnización a la Administración por los daños causados, sin embargo nos encontramos, entre otras, con la tremenda dificultad de cómo cuantificar cuanto valen cinco años de la vida de una persona que se ha visto presa sin razones que lo justifiquen.

Durante aquellos cinco años, además, se me hizo responsable de las consecuencias que el malestar de una situación que luego se ha demostrado injusta me causaba. Lo que viene a incrementar la dificultad para evaluar los daños cuando comprendemos que estas consecuencias se entremezclan con causas que se difuminan en el secretismo de la administración penitenciaria, y que son múltiples e interactúan entre sí. Por ejemplo, fue la misma situación creada la que dio paso a las numerosas sanciones de aislamiento en celdas de castigo que acumulé durante aquel periodo de tiempo, algo respecto a lo que hoy nos es imposible establecer una relación de causa efecto que sea admitida en términos de derecho, sin que desde luego esto diluya las consecuencias, en los hechos y sobre mi persona, de una situación extrema como el aislamiento que no resulta nada inocua. Aquella justificada hostilidad de mi persona hacia la institución que exasperó aquella crispada relación – ahora ya no hay duda de que lo era – supuso que no se me permitiese el acceso al trabajo, a la cultura, a las actividades ocupacionales y deportivas,etc. Dio lugar a las huelgas de hambre con las que protesté contra un estado de cosas que íntimamente percibía como un ensañamiento, con todas las repercusiones negativas que estas conllevan. Y un largo etcétera de inconvenientes que pueden ser asumidos como inherentes a la situación de preso, pero que dejan de serlo para cualquier criterio cuando la persona que los padece no debería estar en la cárcel. Más fácil es objetivar otras cosas, que también sucedieron durante aquel periodo de tiempo, como que en el año 1998 contrajese una enfermedad incurable como la hepatitis-C. Aunque otra cuestión es que la prueba que hemos tenido que solicitar para demostrarlo depende ahora de los oficios de una institución penitenciaria hacia la que, como usted comprenderá, albergo fundadas reticencias que no vienen a remitir cuando para facilitarnos otro documento que también precisábamos – la hoja de cumplimiento que se entrega a toda persona presa al ser puesta en libertad – tardaron 18 meses en hacerlo y fueron precisos para ello dos requerimientos judiciales. Además de lo dicho, del incumplimiento de la resolución judicial mencionada y del más que severo trato que se me dio, refuerza mi desconfianza ahora el que me sucedieran cosas tan inusuales como que la administración penitenciaria no diese cumplimiento deliberadamente a otras resoluciones judiciales que también me beneficiaban. Algo que siempre sucedió tras un largo itinerario de recursos judiciales, que siguieron a las constantes desestimaciones de todo lo que solicité a las juntas de régimen de las cárceles en las que estuve.

Deliberadamente, reitero. También a modo de ejemplo y para que no queden dudas de que fue intencionado, le diré a usted que así lo vino a demostrar el Iltmº Sr. magistrado juez de la Audiencia Provincial de Zaragoza Blasco Obede, en febrero de 2002, cuando dictó una resolución en la que afirmaba que se había producido un “osado incumplimiento, por parte de la administración penitenciaria, del Auto judicial en el que un año antes se me había progresado a tercer grado de tratamiento penitenciario”. Pero si entonces, al ser descubierto tan insólitoincumplimiento de mandato judicial, a lo único que se pudo llegar fue a que se rectificaran algunas de las actuaciones de Instituciones Penitenciarias – y no a que se determinasen responsabilidadessospecho que hoy no podemos esperar que desde estas se actúe de manera muy distinta cuando se les requiera para que acrediten cuando y cómo contraje la hepatitis-C. Al menos así me lo hace pensar que a partir de entonces no se produjera un cambio en la forma de actuación de la DGIP respecto a mi persona, pues como se ha demostrado, éste incumplimiento de mandato judicial coincidía en el tiempo con otro incumplimiento anterior, que se siguió manteniendo durante años y así hasta que fue descubierto por mi defensa. Aún teniendo muy presentes estos obstáculos y la dificultad existente de cómo establecer cuanto valen cinco años de la vida de una persona, hemos presentado en modo y forma la pertinente reclamación ante el Ministerio de Justicia – debidamente documentada con las pruebas pertinentes – al objeto de que se me indemnice por el tiempo en que estuve indebidamente en prisión. Y quién la ha presentado, paradojas de la vida, es una persona que llevando ahora casi dos años en libertad, ha rehecho su vida social y no ha cometido ningún delito desde entonces. Desde luego sin que la institución penitenciaria pueda decir al respecto que la reinserción social se deba a las terapias de aislamiento, algo muy al uso pero tan cuestionable como cuestionado. O cosa aún más absurda, que la no infracción de la ley se derive del hecho de haberla incumplido la misma DGIP en mi perjuicio y con demostrada reiteración.

Las preguntas que ahora mismo nos quedan en el aire, Sr. Ministro, y que yo le formulo a usted, es qué va a hacer el estado, cómo y cuando, para paliar unos daños tan tremendos como los causados a mi persona por el funcionamiento anómalo de la Administración. Si a la luz de lo sucedido se va tener la consideración de tutelar la reclamación presentada con particular atención, una deferencia que habría de ser de rigor para con alguien a quién el “funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos” le ha causado unos perjuicios tan terribles como los que me ha ocasionado a mí. O si por el contrario, nos vamos a ver arrastrados a uno de esos lentos y desesperantes procedimientos en los que la persona siente la insignificancia de su humanidad frente a algunas actuaciones del estado que, aún suponiéndose que jamás podrían llegar a ocurrir, en ocasiones como la aquí dicha nos muestra la experiencia que sí pueden pasar. Y esta capacidad es lo más grave cuando se hace una valoración de lo sucedido. Porque de una u otra manera, Sr. Ministro, no estamos hablando sólo de que yo pueda encauzar el curso de mi vida hacia donde debería de estar en el caso de no mediar en él una anomalía como la sucedida. Estamos hablando, también, de la misma credibilidad que el discurso del estado democrático puede ofrecer y de la imagen que éste estado da a las personas si ante la evidencia de unos hechos como los descritos, no es capaz de reaccionar con agilidad y eficacia de una manera que además de conforme a derecho sea digna de ser considerada humana.

Muy atentamente: Joaquín Garcés Villacampa, titular del D.N.I. 17702437- G

Libertad Juan Antonio Fernandez

Desde el SOV de CNT-AIT de Málaga queremos compartir con todxs nuestra alegría por la libertad del Juan Antonio Fernández Gómez, que salio en libertad el pasado mes de enero tras 19 años secuestrado en estos centros de exterminio. Sus constantes luchas, reivindicaciones y denuncias le han puesto por fin en su lugar, la calle. El 20 de septiembre del 2010 comenzó una huelga de hambre exigiendo su libertad. Estas acciones directas le otorgaron una libertad que se merecía desde 2008 y que la lentitud de los procesos jurídicos le estaba arrebatando. En 2009 y sin ninguna causa pendiente el compañero solicita al juzgado de Valencia que le apliquen el articulo 76 del código penal (aplicarle la triple de la mayor) y la Sentencia del Tribunal Constitucional 57/2008 que le abonaría 5 años de prisión preventiva. Ambas sentencias le daban a Juan la libertad para 20/02/2010 y para mediados del 2008 respectivamente.

Valencia en principio lo deriva a Murcia por ser el último tribunal sentenciador. En marzo del 2009 se hizo la primera petición al juzgado de Valencia y después de este al de Murcia. Pero pasaron lo días y los meses y como bestias exterminadoras profesionales iban arrancándole su libertad impunemente. 50 días de huelga de hambre, ingresos en la enfermería, problemas renales, la pérdida de 30 Kg. pero sobretodo la inagotable fuerza del compañero para luchar por su libertad han sido el duro camino contra un sistema penitenciario que vuelve a mostrarnos su esencia destructiva y demoledora. Desde este sindicato queremos mandar un fuerte abrazo libertario al compañero porque son ejemplos como el suyo donde podremos mirar cuando las fuerzas flaquen y son tu voz y tu experiencia los que tenemos que tener presentes para que los pasos sean firmes y constantes como tu lucha por la libertad.

SECRETARIA JURIDICA Y PROPRESXS CNT-AIT MALAGA

[Entrevista] El ex-preso anarquista Joaquín Garcés, de nuevo ante los tribunales

Pregunta :
Para algunas de las personas que nos lean, será conocido que hace tan sólo unos meses se hizo campaña para que salieras de la cárcel y que finalmente esto sucedió. ¿A qué se debe el que ahora estés otra vez inmerso en un procedimiento judicial?

Respuesta:
El proceso al que nos enfrentamos en estos momentos es la continuación del mismo que en 2009 se resolvió con mi excarcelación. Entonces tuvimos conocimiento de graves anomalías en mi expediente penitenciario, lo que tras un arduo proceso desembocó en que la Audiencia Nacional reconociese por Sentencia que nos asistía la razón, y con arreglo a ella dispusiera mi puesta en libertad. Pero el problema de fondo sigue estando presente sin que se le haya dado solución, y esto es lo que pretendemos resolver con la reclamación que hemos presentado ante el Ministerio de Justicia.

Pregunta:
¿Podrías explicarnos cuál es este problema de fondo?

Respuesta:
Lo que se detectó en 2008 es algo de lo que no se tienen precedentes en el funcionamiento normal o anormal del sistema judicial del Estado que se constituye en 1978. Se puede decir, con toda la rotundidad que esto significa, que lo sucedido pone en tela de juicio las mismas bases del Estado de derecho en tanto que lo que queda demostrado, es que es posible que el subsistema penitenciario, cuya función principal es dar cumplimiento a las resoluciones de los jueces y tribunales, pudo en la práctica desoir una orden de la Audiencia Provincial de Zaragoza que reducía mi condena en 12 años. Un Auto que modificaba mi condena al refundir varias condenas menores que sumaban entre sí más de 30 años, fijando una nueva de 18 años, fue dictado en el año 1992 con arreglo a una disposición del Código Penal que establece que cuando sean varias las condenas y se cumplan determinados requisitos, se pague en una sola condena el triple de la mayor de ellas. Sin embargo, la cárcel de Jaén II, que era donde me encontraba entonces y a la que se le notificó lo acordado, no hizo la pertinente modificación en el expediente, con la circunstancia agravante de que al no ser informado de lo dispuesto, permanecí ignorante del hecho e impedido para hacer ningún tipo de reclamación. Al margen de las consecuencias personales que este hecho ha tenido para mí, en tanto que me ha supuesto permanecer en varias cárceles durante cinco años después de que mi condena estuviera ya extingida, está la realidad política de haber quedado demostrado que ha sucedido lo que jamás podría ocurrir, es decir: que una Dirección General dependiente del Ministerio del Interior pueda, deliberadamente o no, hacer oídos sordos a lo que los tribunales disponen, llevando una pena privativa de libertad más alla de su mandato.

Pregunta:
Nos dices que el hecho es que permaneciste indebidamente en prisión durante cinco años, pero ¿está esto claramente demostrado?

Respuesta:
No existe la menor duda de ello, ni siquiera para la Justicia. Cuando por los oficios de un abogado de Castellón aparece en mi expediente penitenciario en el año 2008 la resolución que desde 1992 no se había aplicado, se produce lógicamente la pertinente reclamación con el objeto de que se aplicara entonces a la condena que me encontraba extinguiendo en aquellos momentos. Está claro que el hecho resultaba lo bastante incómodo para determinadas personas e instituciones como para que todo fuese mirado con lupa, pero tras un farragoso proceso la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no tuvo otra opción que reconocer por Sentencia que entre el 19 de julio de 1997 y el 9 de mayo de 2003 había estado preso indebidamente. Antes que ella lo había reconocido también por Auto el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la misma Audiencia Nacional, pero ello no dió lugar a mi puesta en libertad inmediata, pues nos encontramos con una de esas circunstancias en las que la misma norma de procedimiento dificulta la resolución del caso.

Pregunta:
¿Quieres decir entonces que cuando se tiene conocimiento por parte de las instituciones de esta irregularidad no se produce una reacción ágil y eficaz?

Respuesta:
De ningún modo. Media más de un año desde que se tiene conocimiento del hecho y mi excarcelación, o más de cinco años si damos como ciertas las cifras que se desprenden de la documentación presentada por la Administración, aunque por nuestra parte no sabíamos nada de las fechas que allí aparecen, y está claro que de haberlo conocido entonces hubiéramos emprendido acciones ya en ese preciso momento. Además de esta demora, tiene lugar alguna resolución cuando iniciamos ya las acciones, siendo lo más lamentable que cabe decir de ella, que tiene la capacidad ser conforme a derecho. Y pienso que esto no dice nada a favor de una concepción del derecho que permite que lo que puede estar de acuerdo con las diferentes normas de procedimiento, puede al mismo tiempo estar tan alejado de algunos hechos incuestionables a la luz de cualquier racionalidad, y por supuesto de una consideración humana de los mismos. Voy a detallar la resolución a continuación, pues entiendo que es de lo más esclarecedor para hacerse una idea de cómo se viene desarrollando el proceso.
Al conocerse lo sucedido y con arreglo al criterio de los abogados, se solicita que se aplique el periodo de cárcel pagado indebidamente y que se ordene mi puesta en libertad al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, órgano entre cuyas funciones está el control de los posibles abusos y desviaciones que puedan sufrir las personas presas en su partido judicial. Este Juzgado admite a trámite la solicitud, sin que durante los casi seis meses que dura la tramitación del expediente, el fiscal del mismo ponga en cuestión el hecho de fondo, ni la aplicación de la medida que se solicita. Con lo que cuando en diciembre de 2008 el Juzgado se pronuncia, dando los hechos como probados y ordenando la aplicación del exceso pagado, nada nos hace pensar que el fiscal pueda recurrir en los cinco días de plazo de los que dispone por ley. Es este un momento de alegría, de llamar por teléfono a amigxs y compañerxs para quedar cuando transcurran esos días de espera hasta que la resolución se haga efectiva, pero sin embargo, trancurridas escasamente 24 horas, llega el mazazo. El fiscal ha recurrido porque, según él, cuando se me detiene en 2003 para pagar la condena que en esos momentos estoy purgando, yo estoy en libertad. Lo cual deduce del Auto de procesamiento que indica mi residencia en Barcelona cuando tiene lugar la detención, sin considerar que en esas fechas yo estaba en situación de prófugo por haber quebrantado, paradójicamente, la misma condena que ya había cumplido. ¿Descuido del fiscal al estudiar el expediente?, ¿desconocimiento de que una persona fugada no es técnicamente una persona libre sino presa?, ¿instrucciones recibidas desde alguna instancia superior? Todas estas cuestiones quedan en el aire, entre otras razones porque por muy negras que sean mis sospechas -y aún las hagan más oscuras precedentes habidos-, he de tener cuidado en no decir nada que no pueda demostrar por muy verosímil que a mí me parezca. Ahora bien, ante la pregunta de si se produjo una reacción ágil y eficaz por parte del Estado cuando se tuvo conocimiento de un desafuero sin precedentes, he de responder tajantemente que no, tan solo a la vista de las fechas.

Pregunta:
¿Podrías decirnos si existen precedentes que aumenten tus sospechas respecto a que tras lo sucedido pueda haber algo más que un funcionamiento anormal de los servicios públicos de la Administración? ¿Podrías hablarnos de algún hecho que dé lugar a ellas?

Respuesta:
Por supuesto, pero quede claro que no voy a hacer ninguna afirmación categórica, ni a tratar de establecer ninguna relación de causa efecto. Cualquier aspecto especulativo es algo que queda al libre criterio de aquellas personas que tengan la amabilidad de leernos.
Hay un hecho al menos sorprendente, y es que cuando una persona ingresa en una cárcel, lo primero que hace su equipo de tratamiento es proceder a abrir y leer el expediente penitenciario que viaja con ella durante los traslados, es decir: el expediente donde se encontró el Auto judicial que nunca se aplicó hasta el año 2009. Esto quiere decir que desde que se dictó en 1992 y hasta que fue encontrado por el abogado en la cárcel de Castellón, este Auto pasó por las manos de las personas que forman parte de los equipos de las seis cárceles en las que estuve durante ese periodo, sin que saliera a la luz.
Otro hecho de especial significación es el que se produce en el año 2001, cuando pasados más de tres años desde que hubiera extinguido mi condena sin saberlo, la Audiencia Provincial de Madrid considera que los más de 20 años de prisión efectiva en régimen cerrado que llevo entonces, sin haber cometido delitos de especial gravedad, son excesivos. Por lo cual dispone progresarme a un régimen de vida en semilibertad, no exento de severas restricciones, entre ellas el no poder salir de la Comunidad de Madrid. Este acuerdo no se me notifica en la cárcel de Aranjuez, que es donde me encontraba entonces, porque antes de hacerlo se me traslada a la de Daroca en conducción especial y sin más explicaciones que el que se hace por “razones de seguridad”. Nada había sucedido que me pudiera indicar una razón plausible para el traslado, pero cuando llego a Daroca me encuentro con la notificación de la Sentencia y con una explicación del sub-director de régimen apelando a que no pueden darle cumplimiendo atendiendo a su literalidad, y que por lo tanto queda en suspenso.
Durante el tiempo que permanezco en Daroca padezco numerosos cacheos más alla de lo ordinario, qué duda cabe, que debido a mi actitud hostil y a mi mala disposición en general respecto a todo lo que tenga que ver con la cárcel. A pesar de ello, no se me incoa ningún expediente disciplinario… pero ahora llega lo más inusual, y es que incluso en ausencia de sanciones, la Junta de Régimen propone y la Dirección General dispone mi regresión de grado penitenciario, así como el regreso a la cárcel de Aranjuez de donde salí.
Todo este extraño episodio es recurrido por un abogado y compañero, primero ante el Juzgado de Vigilancia -que desestima la queja- y con posterioridad ante la Audiencia Provincial de Zaragoza, dando lugar a que en febrero de 2002 el Magistrado Juez Blasco Obede dicte una Sentencia en la que literalmente puede leerse que “en osado incumplimiento de la Sentencia de la Audiencia, no solo no se hace esta efectiva sino que se emiten informes que no son ciertos al objeto de no hacerlo”. También podría haber resumido la definición y haber dicho que se había prevaricado, concretamente en perjuicio de una persona, ahora se sabe, a la que se retenía en prisión sin que resolución judicial lo determinara.
A esto podríamos sumar otros hechos, como que pasada la fecha incumplida de mi liberación padezco una tan extraña como indeterminada enfermedad en la cárcel de Aranjuez, que a mi entender parece mostrar todos los síntomas de un envenenamiento y es tratada arrojándome en una celda de aislamiento de contacto, donde nadie de mi confianza me ve y de la que salgo vivo tras varios dias de delirio y contra todo pronóstico.También en el año 2002 y a la vista de la mitad de los presos del módulo 1 de Aranjuez, tengo un “lamentable accidente” (así lo llamó la Dirección). En él me atrapa una portentosa puerta automática que presionando tan solo con 20 bares (así consta también en el informe que la Junta acompaña a mi denuncia al Juzgado) y manteniendome atrapado durante los diez minutos que los carceleros que estaban ante las cámaras necesitaron para darse cuenta del incidente, tuvo el muy sorprendente efecto de provocarme una parada cardio-respiratoria y la fractura de tres costillas, por lo que tuve que ser atendido en el Hospital 12 de Octubre.
En fin, que tras haberse conocido una Sentencia como la que permaneció oculta, y a la luz de estos hechos, por hacer mención solo de unos pocos que están perfectamente documentados, toda esta secuencia de acontecimientos adquiere para mí una significación muy distinta de la que pudiera darle en la inmediatez de aquellos momentos. Entonces todo ello me parecía encajar en el marco de una serie de actuaciones por parte de las instituciones y los servidores del Estado, en las que reconociendo ellos un confrontamiento abierto en términos políticos muy concretos, actuaban consecuentemente y aplicaban todo su rigor para combatirlo. Es algo que no dejaba de ser perfectamente coherente con los fines que persiguen y los medios de que disponen. Sin embargo, ahora que se sabe que yo debía estar en libertad cuando suceden estas y otras cosas, y que si esto no era así se debía a una irregularidad sin precedentes, no debe extrañar que cualquier persona, aún sin ser demasiado malpensada, pudiera sospechar que de lo que se trataba era de zanjar un hecho bochornoso de una forma expeditiva.

Pregunta:
¿Qué esperas alcanzar ahora con la reclamación que has presentado?

Respuesta:
Hay hechos irreversibles que son de imposible reaparación, y desde luego, más de cinco años de la vida de una persona pasados en prisión, durante los cuales además contraigo una enfermedad incurable como la hepatitis-C, son algo por lo que el Estado de ningún modo me puede resarcir. No obstante, pienso que es del todo legítimo exigir al Estado que cumpla con su propia legalidad al respecto, y si bien esta lo único que contempla es una indemnización económica, tampoco estoy en situación de rechazar algo que puede llevar mi vida y la de la persona a la que quiero al lugar aproximado en que debería estar de no mediar en ella la brecha de los casi 28 años que he pasado en prisión.

Pregunta:
Bien, queríamos preguntarte por último, ¿qué expectativas tienes de que el Estado cumpla con su propia legalidad y al menos pague la indemnización económica correspodiente en un tiempo razonable?

Respuesta:
Esta desde luego es una pregunta de muy dificil respuesta, en tanto que todo lo concerniente a la administración de Justicia es siempre algo de muy incierta resolución, sean cuales sean los hechos que conocemos a priori, lo dicho por la legislación o la misma razón jurídica. En un asunto como este todo se complica aún más por las connotaciones políticas que adquiere, y en este sentido considero que el resultado del proceso dependerá en buena medida de que quienes hayan de resolver, comprendan que lo que tienen entre manos es algo que afecta muy clara y directamente a la credibilidad de una forma de Estado que -a diferencia del fascista condensado- ya no puede apoyarse únicamente en la fuerza, sino que debe hacerlo de forma predominante en el reconocimiento. Hemos llegado a un punto en el desarrollo del proceso en el que es evidente que ha sucedido lo que en principio algunas personas suponen que jamás puede ocurrir, precisamente por existir garantías y mecanismos institucionales suficientes para evitarlo. Es obvio que esto no ha sido así y el hecho está a la vista: ya no se puede ocultar. La cuestión que habrá de considerar ahora el Estado es si prefiere asumir en términos de su propia legalidad las consecuencias de lo sucedido, o si por el contrario prefiere arrojar todavía más sombras sobre su propia actuación. En otras palabras, si se prefiere intentar hacer pasar lo sucedido por un funcionamiento anormal de los servicios públicos que se rectifica, o que esto se parezca aún más a una línea de actuación consciente, deliberada y preconcebida. Si lo primero ya es muy grave y pone de manifiesto una irresoluble imperfección del sistema, lo segundo llevaría las cosas a un más alla de imprevisibles consecuencias sociales y políticas.

http://boletintokata.wordpress.com/2010/11/14/el-ex-preso-anarquista-joaquin-garces-de-nuevo-ante-los-tribunales-entrevista/

[México] Protestan por el injusto encarcelamiento de Mumia Abu-Jamal.

Escrito por: Sonrics
“Es arrestado, torturado, condenado por la Justicia, degradado por la impotencia y la humillación bajo los muros, cuando gritas libertad en tu rabia ellos están, ya la vida se perdió solo queda el rencor, cámaras ocultas te controlan el tiempo, tortura blanca,una hora de sol…”
Sin dios
Ciudad de México, 9 de noviembre de 2010.
A las afueras de la embajada más vigilada en México se realizo un mitin en apoyo al periodista afroamericano Mumia Abu-Jamal ex integrante de las Panteras Negras que lleva encarcelado en Estados Unidos más de 29 años acusado de matar al policía Daniel Faulkner.
A la par de las protestas que se realizaron en Washington, Londres, Kingston, París, Hamburgo y la Ciudad de México un tribunal en Filadelfia escuchaba argumentos a favor y en contra del procesado que en el mejor de los casos señalan, si logran detener la ejecución, recibiría cadena perpetua en un juicio amañando desde sus inicios.
El caso de Mumuia Abu-Jamal al igual que el de la mayoría de todos los presos políticos del mundo, es un caso lleno de irregularidades en el proceso penal, fue condenado a muerte con testigos sobornados, jurados manejados y manipulaciones judiciales que muestran el sistema judicial racista del primer mundo.
La manifestación denuncio el abuso al que es sometido Abu-Jamal desde hace 29 años que se cumplirán el próximo 9 de diciembre (fecha de su detención), la solidaridad internacional en torno a este caso es impresionante, prácticamente en los 5 continentes ha habido manifestaciones de apoyo que buscan lograr la libertad absoluta de este preso.
Dentro del mitin que conto con alrededor de medio centenar de personas, los asistentes leyeron escritos de Mumia, cantaron canciones y rechazaron la política carcelaria de Estados Unidos que se compara a la de el siglo XVIII cuando la pena de muerte era practicada con regularidad, “hoy a comienzos del siglo XXI parece que nada ha cambiado” señalaron “encarcelan a personas injustamente basándose en su color de piel”, rechazaron la militarización del país y se pronunciaron por la libertad de todos los presos políticos del mundo.
El tribunal federal de apelaciones revisa los argumentos de la fiscalía de Filadelfia para posteriormente emitir un dictamen, es por eso que diferentes organizaciones llaman a estar atentos y a seguir protestando, denunciando y apoyando desde cualquier barrio, comunidad, ciudad o pueblo.

Al finalizar los organizadores invitaron a regresar dentro de un mes a las afueras de la embajada para seguir exigiendo la libertad de Mumia, que al igual que todos los presos de conciencia en el mundo están condenados a una muerte lenta, dolorosa y sin anestesia

[USA] Hay Miles De Menores Condenados A Cadena Perpetua

Según Emilio Renero, “lector corresponsal” del periódico La Vanguardia, sólo el año pasado fueron sentenciados a cadena perpetua en Estados Unidos un total de 2.574 menores edad. “Cadena perpetua” a la americana, es decir, prisión de por vida, en muchos casos sin derecho a libertad condicional o a revisión alguna.

Jóvenes condenados a cadena perpetua

Estados Unidos es el único país del mundo que sentencia a menores de edad a cadena perpetua

El tener derecho a una audiencia de libertad condicional fue fundamental, para intentar lo que parecía imposible en un principio. Obviamente este derecho no es accesible a todos los condenados. Hasta fechas muy recientes del pasado mes de abril, el Departamento de Prisiones, informó de que 275 jóvenes, entre los 16 y 17 años, habían sido sentenciados a cadena perpetua y sin derecho a audiencias de libertad condicional. Estados Unidos es el único país del mundo que sentencia a menores de edad a cadena perpetua, según un informe elaborado por Human Rights Watch. Sin ir más lejos, el año pasado un total de 2.574 jóvenes fueron sentenciados en todo el país, a pasar el resto de sus días en prisión.

En lo que a California se refiere, según Elizabeth Calvin, de la mencionada Organización de Derechos Humanos, se estima que más del 42% de los jóvenes sentenciados son hispanos, el 32% afroamericanos y el resto blancos. De esta desproporción racial y el condenar a jóvenes a esta pena tan severa, expone Calvin que es una auténtica vergüenza. Calvin desmenuza su impresión manifestándose en los siguientes términos: “Entendemos plenamente que muchos de estos jóvenes han cometido crímenes horribles y que el dolor causado a las familias de las víctimas es enorme y tiene que ser castigado. Sin embargo, como sociedad, tenemos que entender que estos jóvenes por el hecho de serlo tienen una tremenda capacidad de regenerarse y hacer algo diferente en sus vidas”.

Marco Renderos, un quiropráctico cuyo hijo fue condenado a prisión de por vida a los 17 años y quien se encuentra recluído en la prisión de Lancaster, comenta: “Mi hijo ha cambiado tremendamente. Es un ávido lector y se ha educado a sí mismo, de acuerdo a las posibilidades que la prisión le ha dado”. En la actualidad aquel joven de 17 años, ya tiene 34, y es un ejemplo a seguir para otros adolescentes en la prisión. Actualmente cursa estudios unversitarios desde su confinamiento en Lancaster, California.

Siguiendo en este mismo estado, un reciente intento legislativo por conseguir que California se uniera al resto del mundo por poner fin a las sentencias de cadena perpetua para los jóvenes de entre 16 y 17 años fracasó una vez más. El autor de la propuesta de la abolición de la ley, el senador demócrata de San Francisco Leland Yee, manifestó su tremenda desilusión, por el hecho de que la Asamblea estatal, no apoyara su propuesta de ley, conocida como SB399. “Aunque nuestros niños sean sentenciados a morir en prisión, esta medida tendrá una segunda oportunidad, porque seguiré luchando para que esta ley sea aprobada finalmente en el futuro”. Esta iniciativa de Leland Yee, busca que los tribunales puedan revisar las sentencias de los jóvenes, diez años después de haber sido condenados y estando en prisión puedan optar a sentencias de 25 años de reclusión y tener así opciones de salir en libertad en el futuro una vez que hayan sido rehabilitados.

Yee compagina su labor de senador con la de psicólogo infantil y opina que la neurociencia es clara, al indicar que las habilidades de control de impulso, planificación y pensamiento crítico, no están plenamente desarrolladas en la adolescencia. Él espera que estas demostraciones científicas sirvan como argumentos contundentes para anular la actual legislación en el futuro. Y no es el único que aboga por esto. A nivel nacional existe todo un movimiento en marcha que reivindica el cambio de las leyes que condenan a menores a pasar el resto de sus vdas en prisión, por crímenes cometidos a los 16 o 17 años.

Actualmente, son 38 estados de la Unión Americana en donde se aplican este tipo de sentencias a los adolescentes. En estados como Florida, Illinois, y Michigan, tienen pendientes esfuerzos y propuestas legislativas en este sentido, similares a la presentada por Yee en California. Otros estados, ya dieron un paso adelante, como es el caso de Iowa, Nebraska, Washington, Lousiana y Massachusets, estando más cerca de la abolición de la mencionada ley. Y finalmente para los partidarios de este proyecto, el estado de Colorado en el 2006, ya marcó un precedente a nivel nacional aboliendo ese tipo de condena.

Pero obviamente, no todos están a favor de la abolición de la actual ley. En la contra, se encuentran aquellos renuentes a ningún cambio en este sentido argumentando que las víctimas “no sólamente tendrían que soportar el dolor propio de la pérdida, sino que se verían obligados a revivir dicho dolor, cada vez que el condenado y autor del crimen tuviera un nuevo juicio, para ser sentenciado otra vez y quizás conseguir la absolución o una reducción considerable en su condena”. Así se expresan en la Asociación Víctimas del Crimen Unidas de California y la Asociación de Fiscales de California.

Bill Sessa, portavoz del área de jóvenes del Departamento de Prisiones manifestó que de los 274 prisioneros condenados a cadena perpetua, siete de ellos son mujeres. “Ellos fueron juzgados por el delito de asesinato como adultos, por tribunales para adultos y sentenciados a cadena perpetua como adultos pero a la edad de 16 o 17 años”, concluye Bill.

[Estat Francés] Carta de Jan Marc ROUILLAN, pres polític d’Acció Directa

Aquest dissabte 2 d’octubre 2010, el pres politic de Action Directe: Jan Marc ROUILLAN “va celebrar” el segon aniversari del seu reempresonament. Dos anys de presó per algunes paraules. Va ser ja detingut per l’Estat francès des de 1987.

BLOC: http://www.action-directe.net/ CARTA DE JAN MARC ROUILLAN: PRES POLÍTIC D’ACCIÓ DIRECTA, CONDEMNAT PER A TOTA LA VIDA I DETINGUT DES DE FA 23 ANYS PER L’ESTAT FRANCÈS:

«Dos anys d’empresonament per paraules… Jo que, en la sortida de Maig 68, he fet l’elecció de les armes i de l’acció revolucionària, estic aquí, als cinquanta-vuit anys, empresonat, suprema ironia, «per paraula».

Els magistrats del antiterrorisme li donen així raó a l’adolescent que era i que, com a milers d’uns altres a través d’Europa, havien fet aquesta elecció considerant que era impossible actuar revolucionàriament en els marcs de la política burgesa. Per a nosaltres, en aquest Sistema, no es parla lliurement més que de l’única condició de manejar els comandaments dels Amos.

Encegats per les seves certeses reaccionàries, els jutges aposten per la desaparició sense volta d’una veritable oposició d’extrema esquerra als nostres països alimentats de la desgràcia que causen en un altre lloc. Una oposició de Classe capaç de trencar els apetits de depredadors que desvien els fruits de la labor dels treballadors. Una oposició conseqüent capaç d’unir-se al pol polític dels explotats.

Es vulgui o no, la meva detenció revela les pors que obsessionen sempre als Governs dels països Imperialistes. Els seus temors del fantasma de la Resistència.

La meva detenció resulta de la voluntat d’aniquilar tot rastre d’una alternativa radical als costums rituals de les peticions i de les manifestacions-passejos, a la verborrea hemiplèjica dels «més a l’esquerra, mors», a les accions sense matí i a les comèdies de la ruptura amb el Sistema i els seus supletoris.

Malgrat tot, la lluita continua: cada combat, cada escaramussa, cada rebuig força en el seu si una alternativa revolucionària. He après de les nostres derrotes. Però mai m’he dit que són els més forts, que per això no hi ha res més que fer. Mai he renunciat a difondre la nostra experiència combatent. I assumeixo tota la responsabilitat política de les nostres accions passades.

Dos anys d’empresonament per paraules… La meva detenció es basa sobre l’arbitrari. Qui és també el fruit «ordinari» de la proliferació de les Lleis i dels Decrets lliberticides. Mentre que els governants organitzen la impunitat dels patrons gamberrros i dels multimilionaris lladres, multipliquen les Lleis que endureixen la relació per força contra els explotats. No passa ni un any sense que no es faci votar a corre cuita (i sovint d’amagat) una Llei o una Esmena estrenyent-nos encara més el cargol.

Els tribunals d’excepció i les seccions antiterroristes emmarquen l’autoritarisme d’aquest Estat policíac. Són l’expressió omnipotent. I avui els tribunals «ordinaris» -que expulsen als Romanís i als treballadors estrangers, que perdonen als policies assassins, que empresonen per braçades al petit poble dels barris revelats pel seguici de les seccions especials, que realitza controls discriminadors, registren, surra i toquen el Taser i el flash ball -aparells repressius utilitzats per la policia- fan entrar l’arbitrari en cada relació «ordinària» dels més pobres amb l’Estat. Fins a on anem a acceptar la dictadura «ordinària» de l’Extrema Dreta?

Aquest Estat hauria intentat donar un sentit suplementari a la meva vida militant que ni ell s’hauria pogut creure millor! Quant agraeixo prenent les paraules del poeta Heinrich Heine: «L’odi dels meus enemics pot servir de garant que he emplenat fins a aquest dia aquesta ocupació fidelment i amb honor. Em mostraré sempre digne d’aquest odi.»

I per concloure aquest segon aniversari del reempresonament, agraeixo, des del fons de la meva cel·la, a tots els/les camaradàs, els/les amics i els/lesdesconeguts que inclouen el meu alliberament en el seu projecte d’emancipació revolucionària.»

Jan Marc ROUILLAN
ÉCROU N° 9590 B 139
CENTRE DE DÉTENTION DE MURET
ROUTE DE SEYSSES
31600 MURET – OCCITÀNIA

Via: indy-bcn

[Denúncia] Miguel montes Neiro: Cadena Perpétua

Desde que ingresó en prisión por primera vez en 1976 sólo ha salido a la calle gracias a pequeños permisos penitenciarios y de algunas temporadas en libertad condicional y alguna que otra fuga. Por acumulación de condenas, más de 15, suma más de 33 años preso. Su caso es tan excepcional que incluso asociaciones humanitarias vinculadas al mundo penitenciario como la Coordinadora de Barrios de Madrid, Enlace o la Asociación Pro-derechos Humanos de Andalucía (APDH-A) han reclamado sin éxito que se le conceda el tercer grado ya que se encuentra cumpliendo una cadena perpetua encubierta, posiblemente debido a fallos o errores en la aplicación de la ley, según mantiene su familia, y por una acumulación bárbara de condenas mal sumadas, según la APDH-A.

A toda esta injusta situación hay que añadir la desatención médica de la que está siendo victima desde que ingresó en el C. P. de Jaén II, donde le han sido negados los tratamientos para la hepatitis C y los suplementos alimentarios que le fueron recetados en Albolote, donde anteriormente se encontraba; así como le han estado negando las salidas al hospital para ser tratado por otras dolencias: afección pulmonar, bultos en el cuello y la ingle que requerirían haber sido operados ya, revisión oftalmológica pus está perdiendo la visión, visitar al urólogo por la infección y sangre en la orina desde la paliza que le dieron en granada cuando le detuvieron la policía por su última fuga (11-Diciembre-2009).

Todas estas desatenciones le han llevado a realizar varias huelgas de hambre para exigir que sea llevado al hospital.

Miguel Francisco Montes Neiro
C.P. Jaén
Ctra. Bailén-Motril, km. 28, 23071 Jaén